La Confederación Nacional de Organismos de Apoyo al Tránsito, en trabajo coordinado con el Ministerio de Transporte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Superintendencia de Transporte, iniciaron una campaña que busca informar a los conductores colombianos que en enero del próximo año se van a vencer más de 4 millones de licencias de conducción y que, por lo tanto, es de suma importancia que quienes estén interesados realicen los trámites de refrendación del documento con la debida anticipación.
Para quienes se encuentren interesados, pueden reservar una cita en uno de los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC) registrados en PAO para realizarse el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz.
Es importante tener presente que para el trámite de renovación de la licencia de conducción, no es necesario volver a hacer un curso de conducción.
A continuación, reproducimos el Abecé que fue preparado para responder algunas preguntas comunes relacionadas con el trámite de renovación de la licencia:
- ¿Cada cuánto tengo que renovar la licencia de conducción?
A través de la Ley 769 de 2002, art. 22 modificado por el art. 197 del Decreto 019 de 2012, se estableció que para los conductores de vehículos de servicio particular el trámite debe hacerse cada diez (10) años si la persona tiene menos de 60 años. Si el ciudadano tiene entre 60 y 80 años, el proceso debe realizarse cada cinco (5) años, y para los mayores de 80 años, la renovación debe hacerse anualmente. En el caso de la licencia para servicio público, la renovación es cada tres (3) años.
- ¿Hay límite de edad para renovar la licencia de conducción?
No. Siempre y cuando se haga en los periodos establecidos en la Ley 769 de 2002.
- ¿Dónde puedo consultar la fecha de vencimiento de mi licencia de conducción?
Para las licencias de conducción expedidas con posterioridad al 2010, se puede consultar su vencimiento en el documento o a través del sistema del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), ingresando a: runt.com.co/ciudadano/consulta-documento.
- ¿Dónde se realiza el trámite de renovación de licencias de conducción?
Este proceso debe hacerse personalmente ante los organismos de tránsito de cada ciudad o municipio. No requiere intermediarios.
- ¿Cuáles son los requisitos para renovar mi licencia de conducción?
1. Contar con el documento de identidad original.
2. Acercarse a un centro de reconocimiento de conductores (CRC) y agendar una cita para realizarse los exámenes físico-mentales y de coordinación motriz para conducir.
3. No contar con comparendos de tránsito, lo cual puede validar en la plataforma virtual Simit.
4. Pagar el valor de los exámenes.
5. Al momento de cumplir la cita debe llevar consigo el documento de identidad original y contar con mínimo una (1) hora de disponibilidad.
6. Al terminar este proceso, la información quedará cargada automáticamente en la plataforma Runt.
- ¿Para los exámenes físico-mentales requiero alguna preparación previa?
No. Simplemente acercarse en la fecha estipulada con su documento de identidad. No debe asistir en estado de embriaguez o con síntomas y/o sospecha de covid-19.
- ¿Qué costo tiene la renovación de la licencia?
El valor del trámite varía en cada organismo de tránsito; de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1005 de 2006, son las asambleas departamentales, consejos municipales o distritales los que fijan el sistema y método para determinar las
tarifas por los derechos de transito que realizan los organismos de transito ante el Runt.
- Si no puedo cumplir la cita en el centro de reconocimiento de conductores o en el organismo de tránsito, ¿pueden multarme?
No. Simplemente debe volver a agendar la cita de acuerdo con la disponibilidad que el centro de reconocimiento de conductores (en el caso de los exámenes) y el organismo de tránsito tengan.
- ¿El trámite de renovación de licencia de conducción es virtual o presencial?
Presencial. Para ambos procesos: exámenes médicos y renovación ante el organismo de tránsito. Debe programar cita previamente y al momento de cumplirla acatar todos los protocolos de bioseguridad.
- ¿Me pueden multar si no he renovado la licencia de conducción?
Puede ser multado siempre y cuando conduzca un vehículo sin llevar consigo la licencia de conducción, esta se encuentre vencida, la presente adulterada o ajena y por no haberla obtenido en ningún momento.
Si observo alguna irregularidad en el centro de reconocimiento de conductores o en el organismo de tránsito donde hago mi trámite, ¿dónde puedo denunciarla?
Ante la Superintendencia de Transporte, ingresando a www.supertransporte.gov.co.
- ¿Si soy ciudadano extranjero y me encuentro en Colombia en calidad de turista o en tránsito, puedo conducir un vehículo en territorio colombiano con mi licencia de origen?
Las licencias de conducción, expedidas en otro país, que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tránsito en el territorio nacional serán válidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular, conforme con las disposiciones internacionales sobre la materia. Art. 25, Ley 769 de 2002.
Si transcurrido el periodo, que son 6 meses, el extranjero prolonga su permanencia, deberá solicitar su licencia de conducción bajo la modalidad de primera vez, cumpliendo los requisitos señalados por las normas vigentes, en este caso el art. 196 del Decreto 019 de 2012.
No espere hasta enero del 2022; agende una cita en PAO para realizar su exámen en un CRC. Ingrese aquí: https://www.pao.com.co/