Corte constitucional tumba la ley 2283

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Corte Constitucional Tumba ley 2283

La noticia del día para los CDA´s es que la Corte Constitucional tumbo la ley que establecía la obligación de los Centros de Diagnóstico Automotor -CDA- de tomar una póliza de seguro para amparar los daños a terceros por cada vehículo al que le realicen la revisión técnico – mecánica.

Esta medida empezó a cumplirse desde el 1 de septiembre, los Centros de Diagnostico Automotor (CDA) debían entregar la revisión técnico-mecánica con la póliza de responsabilidad civil a cada usuario que llegará por revisión. Esto genero en muchos centros el afán de jugar con las tarifas a sus topes más altos para poder cubrir el sobre costo de la póliza. Entendiendo que la Superintendencia de Transporte es el ente de regulación y revisión del cumplimiento de esa norma.

La posición que tomo el Ministerio de Transporte con su Viceministro Eduardo Enríquez Caicedo dijo que: “esperamos que todo los Centros de Diagnóstico Automotor, estén a punto para adquirir la póliza de responsabilidad civil y entregarla a los conductores que hagan su revisión técnico mecánica. Esto nos va a permitir salvar vidas, es una política del Gobierno nacional frente a la seguridad vial y de ahí la aplicación de la ley que beneficiará a todos los colombianos”.

Con todo esto presente, lo dicho en el 1er Congreso de Organismos de apoyo al tránsito “Unidos por la Vida” efectuado en la ciudad de Cartagena de Indias los días 8 y 9 de Junio organizado por CONFEORG, se toco el tema de esta nueva póliza y el impacto en el sector de los CDA´s, los representantes de los centros expresaron su inconformidad ante el Ministerio de Transporte y su representante el Viceministro Eduardo Enríquez Caicedo quien atendió las inconformidades de los centros.

Hubo una demanda por parte de Carlos Augusto Rojas quien en entrevista con noticias Caracol primera edición dice que: “El artículo 333 consagra la libertad de empresa y la libertad económica, en nuestra opinión la ley 2283 que establecía esta póliza a cargo de los CDA´s sin ningún costo para el usuario asignaba una carga desproporcionada y rompía cualquier principio de causalidad con el deber ser de estos establecimientos de comercio”.

Con esto presente él continua diciendo “ellos están destinados refiriéndose a los Centros de Diagnostico Automotor (CDA´s) previo a la habilitación del Ministerio de Transporte y previo a la acreditación como organismos de inspección por la ONAC para evaluar las características y las condiciones técnico-mecánicas de los vehículos”

Con esto los CDA´s responden por la revisión de los vehículos y que cumpla al 100% con las condiciones para movilizarse en todo el territorio nacional, más no pueden responder por las personas que los manejen.